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s谩bado, 7 de enero de 2023

⚖️ Evoluci贸n del Derecho Laboral en Uruguay

 



EVOLUCI脫N HIST脫RICA DEL DERECHO LABORAL EN URUGUAY

EL PER脥ODO FUNDADOR

Generalidades. 

Caracter铆sticas:

  • CUESTI脫N SOCIAL: Se vislumbra su introducci贸n en el Reglamento Provisorio de Artigas, art 6to. 

  • Equipamiento material limitado: 

    • 1835: tres m谩quinas a vapor para extracci贸n de grasa.

    • 1861: servicio de gas.

    • 1871: ferrocarril. 

  • Per铆odo de guerra.

    • GUERRA GRANDE 1839-1851. Gobiernos paralelos con injerencia extranjera.

    • TRIPLE ALIANZA 1865. Guerra del Paraguay. 

  • Crecimiento migratorio, espa帽oles e italianos, y en menor medida franceses vascos. Ayudaron a la creaci贸n de un proletariado urbano, apr贸ximadamente 12% de la poblaci贸n de Montevideo en 1889. 

  • 1867: PRIMER INTENTO DE AGREMIACI脫N OBRERA. Un despido masivo evito la primer agremiaci贸n que proven铆a de empleados catalanes.

  • 1897 DERECHO DE REUNI脫N. 

  • No se instrumentaban convenios colectivos escritos sino que eran verbales y se hac铆an p煤blicos los resultados de la negociaci贸n como declaraciones unilaterales. 

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Empieza a haber una corriente de opini贸n favorable a la intervenci贸n legislativa directa. 

  • Ley 5.032 de prevenci贸n de accidentes laborales, 1914. Primer norma en que uruguay es pionero.

  • Ley 5.350 - Limitaci贸n de la jornada laboral, 1915

  • Ley 6.108 - Ley de las Sillas para personal femenino, 1918.

  • Ley 6.962 - Jubilaci贸n en la actividad privada, 1919.

  • Ley 6.874 - Pensiones a la vejez no contributivas, 1919.

  • Ley 7.318 - Descanso semanal, 1920

  • Ley 7.309 - Reparaci贸n de accidentes de trabajo, ley 1920

  • Ley 7.550 - Aumento de salario minimo rural, 1923 - modificado por ley 10.471 de 1944

  • Ley 13.720.- Introduce al salario y la contrataci贸n colectiva bajo el control gubernamental, 1968. 

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Las realizaciones del per铆odo fundador. 

Categor铆as distinguidas por Barbagelata:

  1. Reglamentaci贸n general de la prestaci贸n de trabajo. 

    1. Ley 5.350, sobre las ocho horas. Reglamento la duraci贸n m谩xima del trabajo en las actividades industriales y no industriales, con excepci贸n de las dom茅sticas y rurales

    2. Ley 7.318 de 1920, r茅gimen de cinco d铆as y uno de descanso. Tambi茅n la del asueto dominical para todas las actividades o gremios.

  2. Reglamentaciones especiales.

    1. Ley 5.646 de 1918, prohibe el trabajo nocturno de obreros y patrones de las panader铆as, su cumplimiento no fue verificado. Modificado por Ley 10.667 de 1968

    2. Ley 7.550 de 1923 incorpora el trabjo rural dentro del esquema de discusi贸n. 

    3. Ley 7.514 de 1922, reconocimiento expreso de la huelga como derecho.

  3. Normas de previsi贸n social. 

    1. Ley 6.962 de 1919, “Ley Madre” jubilaciones generales en la actividad privada. Los servicios p煤blicos ya lo ten铆an implementado. Direcci贸n del instituto confinado a consejo de integraci贸n tripartita, elegidos por voto secreto.

    2. Ley 5.032, accidentes de trabajo.

    3. Derecho a la vida, insperada en ideas de Ahrens, en cuanto provisi贸n de alojamiento y alimentos con cargo a servicios estatales.

    4. Ley Serrato, habilit贸 cr茅ditos para la construcci贸n de viviendas confortables a favor de empleados p煤blicos y particulares. 

  4. Normas de contralor administrativo. 

    1. Con la ley de ocho horas aparece las organizaciones de funciones inspectivas. Creaci贸n de la Oficina Nacional del Trabajo. 

    2. Ley 5.427 de 1916, regula la aplicaci贸n de multas por infracciones a la legislaci贸n obrera. Con pliego de Instrucciones.

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Los rasgos fundamentales del per铆odo fundador. 

El per铆odo fundador:

  1. Prioridad en el tiempo.

Se destacan dos per铆odos en cuanto legislaci贸n laboral, que lo remarca  la creaci贸n de la ley de ocho horas como precursor normativo de la legislaci贸n laboral

  1. Confianza en la ley.

Incorporaci贸n de una filosof铆a intervencionista

  1. Consideraci贸n del trabajador como socius (compa帽ero).

Se acompa帽a la normativa laboral con la promoci贸n educativa y c铆vica y con el desarrollo y fomento de las actividades industriales. 

Situaci贸n al t茅rmino del per铆odo

Batlle y Ordo帽ez, del partido colorado, fue el principal propulsor del cambio en la legislaci贸n especialmente en la ley de ocho horas, hubieron otros actores como Elimio Frugoni, del partido socialista. Per铆odico Kulturcampf

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EL DESARROLLO

La constitucionalizaci贸n y los a帽os de la 2da Guerra Mundial

 En 1917 empieza a esbozarse el derecho al trabajo, traer谩 un programa b谩sico del derecho social y la institucionalizaci贸n del derecho sindical, sobre todo en el plano de los derechos fudamentales. La constitucionalizaci贸n, incluy贸 la promoci贸n del trabajo al rango de derecho fundamental y la institucionalizaci贸n del derecho sindical. Esta promoci贸n incide en las fuentes, que adem谩s se incorporan los procesos de inconstitucionalizaci贸n por medio de la Suprema Corte de Justicia.

En la reforma de 1934 se hab铆a incorporado consideraciones tales como la justa remuneraci贸n, los m铆nimos vitales. La institucionalizaci贸n del derecho sindical interesa tanto por sus principios como por la declaraci贸n de la huelga como derecho gremial. 

Decreto-ley 9.000 de 1933 - extiende el derecho a vacaciones anuales remuneradas a algunas actividades privadas que ya desde 1907 los funcionarios p煤blicos gozaban. 

Ley 9.347 de 1934 - regula horarios comerciales, introduce la idea que por convenciones colectivas se pod铆an establecer. 

Decreto Ley 8950 - ratificaci贸n de convenios internacionales de la OIT, tales son los n煤meros 1 a 27, 30, 32 y 33.

Ley 9.675 de 1937 - instituye un tipo de convenios colectivos obligatorios para la industria de la construcci贸n.

Se funda la Uni贸n General de Trabajadores (UGT), 1942.

Ley 10.004 de 1941 - nuevo r茅gimen de accidente del trabajo y enfermedades profesionales. Es antecesora de la ley 16074 de 1990 que refiere a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 

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Ley 10.449 de 1943 - Fijaci贸n de salarios m铆nimos, por la ley de consejo de salarios. 

Ley 10.489 - indemnizaci贸n por despido. 

Ley 10.684 de 1944 - Vacaciones anuales para todos los gremios. 


En esta 茅poca las leyes tienen los siguientes caracteres:

  • Contribuyen al mejoramiento de la situaci贸n de la clase laboriosa, provocando aumento de salario real.

  • Aumentan la seguridad del empleo.

  • Democratizan el ocio, generando r茅gimen de vacaciones anuales.

  • Estimulan la organizaci贸n sindical. 

  • Limitan el absolutismo patronal. 

  • Favorecen el contralor de la legislaci贸n y la soluci贸n jurisdiccional de los conflictos individuales.

  • Instituyen un mecanismo para la clasificaci贸n, evaluaci贸n y definici贸n de las ramas de actividad industrial y no industrial. 

  • Hacen de los consejos de salario la sede apropiada para ventilar las desinteligencias obrero-patronales. 

Los veinte a帽os siguientes. 

Se distinguen dos fases:

1- CULMINACI脫N DEL PROCESO CUMPLIDO.

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2- REENCUENTRO CON LA CONCEPCI脫N PIONERA. Etapa de 1959 a 1968, subordinaci贸n de los social a lo econ贸mico, donde lo econ贸mico ser谩 lo preponderante, esta etapa es delineada por el cambio en la historia electorial del uruguay. En esta 茅poca el Uruguay ten铆a una tendencia de crecimiento del PBI, una tasa de inflaci贸n moderada, oportunidades inmigratorias, salarios reales en ascenso, libertades civiles isn restricciones. En 1948 pararece el primer n煤mero de la revista de Derecho Laboral fundada por Francisco De Ferrari. Medidas econ贸micas tales como la reforma cambiaria y monetaria de diciembre de 1959 son: a- correcci贸n del cambio oficial del dolar hasta el tipo libre, b- implantaci贸n de la libre importaci贸n y exportaci贸n, c- sustituci贸n del r茅gimen de subsidios a trav茅s de cambios m煤ltiples m铆nmamente con un proteccionismo industrial limitado por detracciones y recargos fijados dentro de porcentajes m谩ximos y m铆nimos establecidos. 

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La legislaci贸n entre 1948 y 1968

Se pueden ordenar cuatro rubros en base a la legislaci贸n en este lapso:

  1. Normas de trabajo. 

    1. Ley 12.840 de 1960 - Sueldo anual complementario, determinaci贸n del aguinaldo para la actividad privada.. 

    2. Ley 12.590 de 1958 - R茅gimen de licencia anuales, divisi贸n de la licencia en dos per铆odos continuos, que no podr谩n ser inferior a 10 d铆as.

    3. Ley 13.556 de 1966 - Licencia anual de privados, convenios colectivos, negociaci贸n colectiva. 

    4. Ley 12.597 de 1958 - R茅gimen sobre despidos trabajadores a jornal o destajo, servicios domesticos. . 

    5. Ley 12030 de 1953 - Convenios Internacionales de la OIT, n煤meros 87 y 98 sobre libertad sindical y derecho de negociaci贸n

    6. Otra ley derogada, antecesora de la ley 16101 sobre salario vacacional. 

    7. Ley 13720 - COPRIN, actualmente derogado salvo art铆culos 5潞 y 6潞.

  2. Estatutos profesionales determinados

    1. Ley 11.577 de 1950 de actividades insalubres, adem谩s de preventivo des despido de trabajadores enferimos o gr谩vidas o incluso reincorporadas luego de dar luz. 

    2. Estatuto del Trabajador Rural. 

    3. Ley 12.156 de 1954 y ley 14.000 - viajantes y vendedores de plaza. 

    4. Ley 13.555 de 1966 - indemnizaci贸n por despido a los trabajadores a domicilio. 

    5. Ley 13.514 de 1966 - despido especial en actividades afectadas por cambios tecnol贸gicos. 

  3. Institutos de seguridad social.

    1. Ley 12.133 de 1954 - ampil贸 las contingencias de vejez, invalidez y muerte de los trabajadores de la industria, el comercio o la actividad rural. 

    2. Ley 12.380, 12.138, 12.128 - universalizaci贸n del r茅gimen jubilatorio. 

    3. Ley 12.464 de 1957 - Ley 12.032 de 1953 - Beneficio de retiro, inicialmente reservado a funcionarios p煤blicos que se acog铆an a la jubilaci贸n se aplic贸 a las actividades privadas urbanas, ley y rurales.  

  4. Tutela de las prestaciones

Por un lado, se adopar谩n medidas para garantizar la conservaci贸n de las medidas tomadas (el proceso de hiperinflaci贸n gener贸 un grave deterioro de la econom铆a), y por otro, mejorar los mecanismos de contralor (contralor judicial en la soluci贸n de conflictos individuales de trabajo).

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   Se crea por ley presupuestal en 1960, Ley 12.803 art 106, la primera magistratura especializada en materia laboral. Sin embargo no hubieron mayores resultados exitosos.  

La subordinaci贸n de la pol铆tica social a la econ贸mica

Aprobaci贸n de la constituci贸n de 1967, hasta 1973.

En esta etapa hay un cambio radical en la legislaci贸n laboral, con la subordinaci贸n de lo social sobre lo econ贸mico, concret谩ndose con la creaci贸n de la COPRIN (Comisi贸n de Productividad, Precios e Ingresos) por Ley 13.720 de 1968 (actualmente derogada salvo art铆culos 5to y 6to). Esta ley pone bajo control al Poder Ejecutivo toda la competencia en materia de salarios y adem谩s bajo su 贸rbita el control de la negociaci贸n colectiva; sin embargo ten铆a cierto grado de libertad para la concreci贸n de convenios colectivos bajo contralor y homologaci贸n. En esta 茅poca se concretaron ciertos convenios, instrumentaron evaluaciones de tareas, se promulgaron leyes y decretos referentes a cuertas actividades o categor铆as de trabajadores. 

En seguridad social se ampl铆a el r茅gimen relativo a enfermedad, se crean bolsas de trabajo especiales, transformaci贸n impuesta por la ley 13.893 de 1970.

En materia de fondos sociales de vivienda, se incopora la ley 13.728 de 1968

CRISIS Y ESTADO ACTUAL

La crisis del Derecho del Trabajo se instaura en un clima de ruptura institucional

Los a帽os de r茅gimen de facto. 

Desde 1968 se da la guerrilla urbana y excesos en la crisis de poderes y deterioro institucional. El 27 de junio de 1973, con la disoluci贸n de las c谩maras legislativas y la implantaci贸n de un r茅gimen civico-militar.

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Las caracter铆sticas de esta 茅poca son:

  • DOCTRINA DE LA SEGURIDAD NACIONAL, con restrucciones a las libertades de reuni贸n, asociaci贸n y comunicaci贸n, inspecci贸n domiciliaria nocturna sin 贸rden judicial, detenci贸n arbitraria y suspensi贸n de la garant铆a del habeas corpus. 

  • LAS FUERZAS ARMADAS DETENTAN LA TOTALIDAD DEL PODER. Los 贸rganos legislativos son sustituidos por comisiones.

  • ACTOS INSTITUCIONALES, por el gobierno de facto. Se suprime la autonom铆a del Poder Judicial. 

  • CONTROL DE ORGANISMOS Y SERVICIOS DEL ESTADO POR AUTORIDAD MILITAR. El funcionamiento de los organismos y servicios tales como ense帽anza primaria, secundaria, t茅cnica y Universidad.


En lo que se refiere a las relaciones laborales se destacan los siguientes caracteres:

  • NO SE PERMITI脫 ACTIVIDAD SINDICAL LIBRE. Se implantaron bases para el reordenamiento de la actividad sindical con el decreto 622/73. En 1974 tras un paro realizado por trabajadores, el gobierno de facto procedi贸 a disolucidar el sindicato con retiro de personer铆a jur铆dica e incautaci贸n de los bienes (SUNCA).

  • CONGELAMIENTO DEL SALARIO REAL, bajo el control del gobierno con preeminencia del Ministerio de Econom铆a. 

  • SUSTITUCI脫N DE FUNCIONARIOS P脷BLICOS Y TRABAJADORES DE EMPRESAS DEL ESTADO. Los sospechosos contra el r茅gimen eran sustituidos. 

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Normas dirigidas a flexibilizar y restringir derechos :

  • LIMITACI脫N A LAS HORAS EXTRAS. D. 851/976, desregulaci贸n de jornadas de algunas categor铆as D. 611/980, flexibilizaci贸n de la jornada laboral y los horarios de funcionamiento de los comercios DL 14.320 y equiparaci贸n con la jornada de los adultos la jornada de los menores. 

  • CADUCIDAD ANUAL DE LOS CR脡DITOS LABORALES, dejando de lado la que prescrib铆a aquellos de naturaleza salarial. 

  • LIMITACI脫N A LA PROTECCI脫N DE LOS TRABAJADORES RURALES. Decreto Ley 14.785 de 1978


Normas dirigidas a mejorar la normativa laboral Decreto Ley 14.188 de 1978 :

  • AMPLIACI脫N DE LA MAGISTRATURA LABORAL. Abreviaci贸n y facilitaci贸n de tr谩mites con aumento en las potestades del juez. 

  • MAYOR PROTECCI脫N A LOS CR脡DITOS LABORALES, especialmente en caso de quiebra o concurso, desvalorizaci贸n monetaria con el DL 14.500 de 1976, . 

  • CREACI脫N DE CENTRO DE ASISTENCIA Y ASESORAMIENTO JUR脥DICO DEL TRABAJADOR en MTSS.

  • ELIMINACI脫N DEL TOPE DE 3 MENSUALIDADES EN DESPIDO. Decreto-Ley 14.188 de 1978

  • APLICACI脫N DE SANCIONES PECUNIARIAS CONMINATIVAS para asegurar el cumplimiento de las sentencias, astreintes. Ley 14.498 . 

  • SIN TOPE DE INGRESO PARA BENEFICIO DE ASIGNACI脫N FAMILIAR. Decreto Ley 14617

  • Incipiente comienzo de privatizaci贸n del sistema. Decreto Ley 15.661.

  • Se ratifican los siguientes convenios internacionales de trabajo (en aplicaci贸n a los convenios 87 y 98):

    • Convenio 96 - agencias retribuidas de colocaci贸n

    • Convenio 115 - radiaciones ionizaaantes

    • Convenio 110 - igualdad de trato de nacionales y extranjeros en seguridad social

    • Convenio 119 - protecci贸n de la maquinaria.

    • Convenio 122 - pol铆tica de empleo.

    • Convenio 131 - fijaci贸n de salarios m铆nimos. 

    • Convenio 132 - vacaciones anuales pagas. 

    • Convenio 134 - previsi贸n de accidentes del trabajo de gente de mar.

    • Convenio 136 - benceno.

    • Convenio 137 - manipulaci贸n de cargas en los puertos. 

    • Convenio 138 - edad m铆nima. 

    • Convenio 139 - sustancias y agentes cancer铆genos. 

    • Convenio 149 - personal de enfermer铆a. 

  • Por el contrario se denuncian los siguientes convenios (luego ser谩n ratificados por gobiernos democr谩ticos):

    • Convenio 12 - accidentes de trabajo-agricultura.

    • Convenio 17 - indemnizaci贸n por accidentes de trabajo.

    • Convenio 20 - trabajo nocturno-panader铆a.

    • Convenio 25 -Seguro de enfermedad-agricultores.

    • Convenio 45 - trabajo subterr谩neo mujeres.

    • Convenio 89 - trabajo nocturno mujeres. 

La reinstitucionalizaci贸n democr谩tica. 

En 1980 la ciudadan铆a fue convocada a plebicito para mosificar la Constituci贸n, rechazado por amplia mayor铆a. Finalmente, por acuerdo, en 1984 se llama a elecciones y se reinstitucionaliza con la Constituci贸n de 1967, y el 1潞 de marzo de 1985 toma posesi贸n el Presidente de la Rep煤blica.

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Se convalidan los actos con la denominaci贸n de decretos-leyes por ley 15.738 de 1985, salvo aquellos contrarios a los principios democr谩ticos-republicanos, a los que se declara nulos e inexistentes. Sentencia 1/988 SCJ. Se anulan de forma expresa las leyes 15.137, 14.328, 15.385, 15.530, y leyes fundamentales 3, 4, 5, 6,  7., estas refer铆an de las organizaciones de sindicatos, convenios colectivos, funcionarios p煤blicos y huelga. CONAPRO ( Concertaci贸n Nacional Program谩tica ), era un organismo informal, procur贸 asegurar la transici贸n al gobierno democr谩tico. Fue quien propuso las derogaciones antes mecnioandas. 

Reaparece la CNT (Convenci贸n Nacional de Trabajadores) con la refomulaci贸n de su nombre marcando que hab铆an tenido actividad durante el gobierno de facto por medio de un Plenario Intersindical de Trabajadores, por lo que actualmente se le conoce como PIT-CNT.

Se recupera salario real parcialmente, se instaura nuevamente el r茅gimen de Consejos de Slarios de integraci贸n tripartita. 

En esta 茅poca se destacan las siguientes leyes laborales:

  • Ley 15.837 - prescripci贸n de cr茅ditos laborales. 

  • Ley 16.045 - igualdad de trato y oportunidades para ambos sexos. 

  • Ley 16.074 - modificaci贸n del r茅gimen de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. 

  • Ley 16.101 - sumas para mejor goce de la vacaci贸n salarial

  • Ley 16.104 de 1990 - ampl铆a beneficios en licencias de los funcionarios p煤blicos. 

  • Ley 15.996 - reglamenta el r茅gimen de las horas extras. 

  • Ley 16.011 - introduce la acci贸n de amparo susceptible en la protecci贸n de derechos laborales fundamentales. 

  • Ley 16.095 de 1989 - sistema de protecci贸n integral a las personas discapacitadas. 

  • Se ratifican 13 convenios internacionales:

    • Convenio 100 - igualdad de remuneraci贸n sin distinci贸n de g茅nero. Ley 16.063 de 1989. 

    • Convenio 111 - relativo a la discriminaci贸n. Ley 16.063 de 1989. 

    • Convenio 156 - trabajadores con responsabilidades familiares. Ley 16.063 de 1989. 

    • Convenio 141 - Ley 16.039 - trabajadores rurales

    • Convenio 144 - Ley 15.867 - consultas tripartitas.

    • Convenio 150 - Ley 15.039 - Administraci贸n del Trabajo. 

    • Convenio 151 - Ley 16.039 - Protecci贸n del derecho de sindicaci贸n y procedimientos para determinar las condiciones de empleo.

    • Convenio 153 - Ley 16.039 - Duraci贸n del trabajo y per铆odos de descanso. 

    • Convenio 154 - Ley 16.039 - Fomento de la negociaci贸n colectiva. 

    • Convenio 148 - Ley 15.965 - Protecci贸n de los trabajadores contra los riesgos profesionales debidos a la contaminaci贸n del aire, el ruido y las vibraciones. 

    • Convenio 159 - Ley 15.878 - Radaptaci贸n profesional y empleo de personas inv谩lidas.

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Estos 煤ltimo a帽os. 

Desde 1990 se aplican una serie de pol铆ticas en combate a la inflaci贸n que repercute en los salarios reales, dej谩ndose de convocar los consejos de salarios. 

Normas innovativas en materia laboral:

  1. Ley 16.320 de 1992 - estructuras administrativas para formento del empleo. 

  2. Ley 16.170 de 1992 - obligatoriedad de la inscripci贸n y registro de los convenios colectivos. 

  3. Ley 16.246 de 1992 - reestructuraci贸n del trabajo portuario, subrimiendo el r茅gimen de estiba y habilitando pago de compensaci贸n extraordinaria. 

  4. Ley 16.320 - Dentro de la reforma de r茅gimen jubilatorio, crea una presunci贸n juris tantum e indemnizaci贸n triple de lo com煤n.

  5. Ley 16.462 de 1993 - En caso de concurso, quiebra o liquidaci贸n, admite la concurrencia de una sentencia ejecutoriada por art 264.

  6. Ley 16.127 de 1990 - selecci贸n y designaci贸n de los ascensos y calificaciones de funcionarios p煤blicos. 

    1. Decreto 544/990 - redistribuci贸n de funcionarios. 

    2. Decreto 520/990 - incentivos para la renuncia a la funci贸n p煤blica y en favor de las empresa sque emplearen funcionarios renunciantes.  




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