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s谩bado, 1 de febrero de 2025

馃挷 16- Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

 

ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES


INDICE. 


ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES 1

Introducci贸n. 1

Caracter铆sticas. 2

1. SEGURO MERCANTIL o CONTRACTUAL. 2

2. R脡GIMEN MONOP脫LICO. 3

3. SEGURO OBLIGATORIO. 3

4. AUTOMATICIDAD. 3

5. SE ALCANZAN TODAS LAS ACTIVIDADES SUBORDINADAS. 3

6. RESPONSABILIDAD TARIFADA. 3

7. ORDEN P脷BLICO. 3

Obligados. 3

Automatismo del seguro. 4

Beneficiarios. 5

Denuncia. 5

Reparaci贸n. 5

Asistencia M茅dica. 5

1- Incapacidad temporaria. 6

2- Incapacidad permanente. 6

Renta por afectaci贸n Art 25 Ley 16.074. 6

3- Muerte. 7

Acci贸n de Revisi贸n. 7

Naturaleza del Seguro. 7

Responsabilidad. 7

Readmision. 8


Introducci贸n.

Los trabajadores tienen derecho a la vida art 7 CN, y el derecho y deber de asistirse en caso de enfermedad, art 44 CN. El derecho a la seguridad en el trabajo tiene naturaleza de derecho fundamental, por lo que su vulneraci贸ndebe conducir a lareparaci贸n integral, en base a los principios protector y de igualdad ante la ley. 

ACCIDENTE DE TRABAJO. 

Es toda lesi贸n vinculada al proceso de trabajo, si bien la legislaci贸n uruguaya no tiene una definici贸n legal, en doctrina se entiende que “es un suceso repentino, frecuentemente violento y limintado en su duraci贸n, de origen externo, que ocasiona al trabajador una lesi贸n corporal por causa del trabajo o en ocasi贸n del mismo, que se ejecuta en relaci贸n de subordinaci贸n”.  En Uruguay el empleador descarga el riesgo al BSE. Ley 12.949

No se consideran accidentes de trabajo aquellos que sufre un obrero o empleado yendo al lugar de desempe帽o de las tareas, con excepci贸n de las siguientes circunstancias:

  • que estuviera cumpliendo una tarea ordenada, fuera del establecimiento.

  • que el empleador haya tomado a su cargo el transporte del trabajador.

  • que hayan riesgos especiales en el acceso al establecimiento.  

Asimismo, se excluyen los accidentes de trabajo provocados dolosamente por el trabajador, pero s铆 son indemnizables los producidos por culpa del trabajador, caso fortuito o fuerza mayor. Art 9 Ley 16.074

ENFERMEDADES PROESIONALES.  

En Uruguay se asimilan a los accidentes de trabajo, sin embargo estas son causadas por agentes f铆sicos, qu铆micos o biol贸gicos, y deben estar comprendidas en el Convenio Nro 121 de OIT . La enfermedad debe ser declarada por un profesional del BSE Art 40, 41 y Art 42 Ley 16.074,  El Decreto 210/011 ha aprobado una nueva lista de enfermedades profesionales de la OIT, es una lista de estructura abierta.

NO SON ACCIDENTES DE TRABAJO. 

Art 14 Ley 16.074

Caracter铆sticas. 

  1. SEGURO MERCANTIL o CONTRACTUAL. 

Es un seguro de tipo social, donde el empleador abona la prima en funci贸n del riesgo de la actividad que el trabajador desarrollar谩.

  1. R脡GIMEN MONOP脫LICO. 

El monop贸lio esta a cargo del BSE, ente aut贸nomo.

  1. SEGURO OBLIGATORIO. 

Su incumplimiento acarrea multas y eventuales clausuras. 

  1. AUTOMATICIDAD. 

El BSE prestar谩 asistencia m茅dica e indemnizar谩 a煤n cuando el patrono no haya contratado el seguro, y el BSE podr谩 activar la acci贸n de recupero contra el empleador incumplidor de la obligaci贸n de asegurar. 

  1. SE ALCANZAN TODAS LAS ACTIVIDADES SUBORDINADAS. 

Sin importar que est茅n los trabajadores expuestos a mayores o menores peligros. 

  1. RESPONSABILIDAD TARIFADA.  

Se analizar谩 la entidad de la afectaci贸n, el BSE utiliza su propio baremo. Se aplicar谩 el art 2do Ley 19.196, de la ley de responsabilidad penal empresarial, que establece que el empleador que haya puesto en peligro la integridad f铆sica del trabajador ser谩 castigado de 3 a 24 meses de prisi贸n.

  1. ORDEN P脷BLICO. 

Nulidad absoluta acuerdos en contrario. Art 13 Ley 16.074

Obligados.

Los obligados son todo patrono, ya sea persona, empresa o compa帽铆a, que utiliza loss servicios de trabajadores en distintas actividades, ya sea industriales, comerciales, rurales, dom茅sticas. Asimismo las personas p煤blicas en relaci贸n a su personal. Ley 16.134

El seguro obligatorio es establecido por la Ley 12.949, su omisi贸n puede dar lugar a sanciones y a la condena de indemnizar. 

Obligaci贸n de prevenci贸n del empleador. 

Se cometi贸 al Poder Ejecutivo el dictado de reglamentaciones aplicable para cada industria:

  • decreto 406/988 → aplicaci贸n general

  • decreto 125/014 → industria de la construcci贸n

  • decreto 327/999 → sector forestal

  • decreto 179/2001 → instalaciones el茅ctricas

  • decreto 307/009 → riesgos qu铆micos

  • decreto 321/009 → actividad agropecuaria

  • decreto 143/017 → centros de atenci贸n telef贸onica

  • decreto 394/018 → trabajos portuarisos

A nivel internacional, Uruguay ratifica un modelo de conducta del empleador, como deber gen茅rico de prevenci贸n por Ley 15.965 y el Convenio Internacional del Trabajo Nro 155

Automatismo del seguro.

El BSE cubre el accidente o la enfermedad profesional a煤n faltando la contrataci贸n del seguro. Art 8 Ley 16.074

El art 56 Ley 16.074 establece la sanci贸n de multa equivalente al doble del importe de las primas omitidas en el caso de incumplimiento de la obligaci贸n de contratar el seguro de accidentes de trabajo; y el cu谩druple en caso de reincidencia; facult谩ndose al Poder Ejecutivo clausurar el establecimiento a petici贸n del BSE hasta que se d茅 cumplimiento de las obligaciones. El art 346 Ley 18.172 establece la responsabilidad solidaria en la contrataci贸n del seguro a los due帽os, socios, administradores, directores o representantes de la empresa. 

Beneficiarios.

Todos aquellos que prestan servicios remunerados bajo direcci贸n y cuenta de otra persona. 

La Ley 16.074 introduce el autmatismo del seguro, o sea, la cobertura del trabajador con independencia de la contrataci贸n del seguro por parte del empleador

Denuncia.

El empleador tiene obligaci贸n de efectuar la denuncia ante el BSE, dentro de las 72 horas si el hecho ocurre en Montevideo y en un plazo de cinco d铆as h谩biles cuando se trata de otros departamentos. A partir de estos plazos se podr谩 obtener la cobertura del seguro. El trabajador puede denunciar en el plazo de 15 d铆as corridos.

La declaraci贸n de accidentes y enfermedades laborales se debe realizar dentro de los plazos establecidos; el Banco puede aceptar o rechazar la denuncia. Si acepta liquidar谩 la indemnizaci贸n, ya sea temporaria o  renta vitalicia si correspondiere. Si el Banco rechaza la denuncia, tiene un plazo de 20 d铆as para presentar ante la Inspecci贸n General del Trabajo y Seguridad Social la exposici贸n.


Reparaci贸n.

Tanto si el obrero esta asegurado como si no, la reparaci贸n del accidente estar谩 a cargo del Banco, pero si fuere que no estuviere asegurado, repetir谩 contra el empleador que incumpli贸 la obligaci贸n de asegurar. 

La ley establece un r茅gimen de reparaci贸n tarifado, en que se indemnizar谩 seg煤n el da帽o producido, con excepci贸n de dolo o culpa grave en el incumplimiento de normas de seguridad y prevenci贸n.

Asistencia M茅dica. 

Son de cargo del empleador los gastos de asistencia m茅dica. 

El BSE cubre los gastos m茅dicos, odontol贸gicos, farmac茅uticos, ortopedicos y accesorios. Art 9 y 10 del Convenio Internacional del Trabajo Nro 121

Se cubren asimismo los gastos de transporte desde el lugar del siniestro al de la asistencia, as铆 como del domicilio al de la asistencia; y del sepelio si fuere el caso hasta 6 BPC. 

1- Incapacidad temporaria. 

La indemnizaci贸n ser谩 de ⅔ del jornal o sueldo al momento del accidente, se percibe a partir del cuarto d铆a de ausencia hasta el d铆a del alta. La indemnizaci贸n sirve hasta que la curaci贸n se completa o en que la incapacidad deviene permanente. En caso de incapacidad permanente tendr谩 otro tratamiento.

2- Incapacidad permanente. 

Da derecho a cobrar una renta vitalicia. Se analizar谩 la entidad de la afectaci贸n, el BSE utiliza su propio baremo. Si el rentista se ausenta del pa铆s sin dejar apoderado, pierde el derecho a la renta. Art 33 Ley 16.074

Renta por afectaci贸n Art 25 Ley 16.074.
  •  de un 10% de su capacidad profesional → no dar谩 lugar a indemnizaci贸n..

  • entre 10 y 20% de incapacidad permanente → opci贸n de recibir una renta equivalente a ese porcentaje de su salario o recibir un pago 煤nico equivalente a 36 veces la reducci贸n mensual que la incapacidad haya originado.

  • incapacidad superior al 20% → la renta vitalicia ser谩 el equivalente a la reducci贸n del salario producido por la incapacidad, tom谩ndose el promedio del 煤ltimo semestre trabajado o trimestre si fuera destajista. 

  • incapacidad total, en estado de requerir asistencia y cuidados de otra persona para subsistir → renta vitalicia del 115% del salario. 

3- Muerte. 

Si el obrero fallece por un accidente laboral, sus derecho-habientees tendr谩n derecho a una renta, que no podr谩 exceder el 100% del salario, que depender谩 de la dependencia que tienen respecto a la v铆ctima.

  • C贸nyugue → 50% del salario 

  • Menores o discapacitados → 20 % para uno, 35% por dos, 45% si hay tres y 55% si hay cuatro o mas. 

  • Ascendentes que viven a expensas del siniestrado → 20% para cada uno.

Acci贸n de Revisi贸n.

Despu茅s de fijada la indemnizaci贸n puede sobrevenir la muerta, agravarse la incapacidad o atenuarse; por lo cual, despu茅s de 1 a帽o desde el momento en que se fija la indemnizaic贸n, se podr谩 solicitar una acci贸n de revisi贸n. Art 54 ley 16.074

Naturaleza del Seguro.

No se diferencia de los seguros mercantiles comunes, con fines de lucro. Se financia con las primas del seguro una vez cada dos a帽os. Art 67 Ley 16.074

El incumplimiento de la obligaci贸n de asegurar puede dar lugar a multas o a clausuras de establecimientos. 

Responsabilidad. 

El empleador es responsable civilmente de los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, descarga esta responsabilidad contratando seguro obligatorio. Art 2 Ley 16.074.

Si hubiera mediado dolo por parte del patrono o culpa grave en el incumplimiento de normas sobre seguridad y prevenci贸n, el empleador perder谩 el seguro, se le aplicar谩n multas y recuperaci贸n de gastos para el Banco. Art 7 Ley 16.074

La ley 18.172 modifica los art 2, 7 y 60 de Ley 16.074 en cuanto que ahora responden solidariamente con el empleador:

  • los due帽os, socios, administradores, directores o representantes legales por la contrataci贸n del seguro. 

  • los due帽os, socios o administradores, por el incumplimiento de las normas de seguridad y prevenci贸n. 

  • se aplicar谩 la tercerizaci贸n por leyes 18.099 y 18.251, ya sea de forma solidaria o subsidiaria.


Plazo de prescripci贸n de las acciones de 10 a帽os, es un plazo espec铆fico, no corresponden las acciones de 1 a帽o que se aplican en las acciones laborales. El plazo de prescripci贸n para las acciones del BSE contra los empleadores, o de los trabajadores contra el BSE, en el cumplimiento de las obligaciones es de 10 a帽os. Art 66 Ley 16.074

La denuncia se hace ante el BSE. Ley Nro 16.074. Si el BSE tiene dudas, podr谩 seguir un procedimiento frente a la Inspecci贸n General del Trabajo y Seguridad Social Art 51 Ley 16.074, si deja correr el plazo de 21 d铆as se entiende por aceptada la denuncia. 

Readmision. 

El trabajador que estuvo ausente por incapacidad transitoria debe ser reincorporado en el mismo sitio de trabajo; si no puede desempe帽ar la misma actividad, deber谩 se re ubicado. En el caso de los trabajadores contratados por tiempo determinado u obra determinada, jurisprudencia es un谩nime en cuanto no corresponde despido especial. 

El trabajador debe presentarse dentro de los 15 d铆as de haber sido dado de alta, si el empleador no lo readmite dentr de 15 d铆as subsiguientes, deber谩 abonar una indemnizaci贸n por despido equivalente al triple de lo establecido para el caso de despido com煤n; en caso de reingreso, el empleador no podr谩 despedirlo durante 180 d铆as salvo notoria mala conducta justificada . Art 69 Ley 16.074


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